martes, 21 de diciembre de 2010

El honor ¿una mercancía?

Por Willam Johel Dávila Sánchez* y Katia Agreda Gaitán**
Con motivo de los recientes hechos que tienen como protagonista principal a Magaly Medina, se ha puesto de relieve y muchos (como Enrique Ghersi, los congresistas Javier Valle Riestra, Elías Rodríguez, Fabiola Salazar, Julio Herrera, Hilda Guevara y Miguel Trilles, así como la Asociación Nacional de Periodistas, etc.) hablan ahora de “despenalizar los delitos contra el honor: Injuria, Calumnia y Difamación”. El tema no es tan sencillo como parece; de hecho, antes de proceder a un cambio de este tipo, hay que considerar varias situaciones. Veamos.

Como dice el penalista Julio Rodríguez “En lo penal bastaría con probar que el honor ha sido puesto en riesgo, en lo civil se necesitaría probar que el honor ha sido dañado” (Dossier Despenalización, del diario La República de fecha 26.Oct.2008, Lima, pág. 3). En tal virtud e ilustrando esto con un ejemplo similar al referido especialista, si en algún medio de comunicación a alguien se le tilda de delincuente, en el fuero civil habría que acreditar el daño, presentando, por ejemplo, documentación en la que se verifique que fue despedido de su trabajo como consecuencia de ello; en cambio, en el fuero penal, no sería necesario probar esto, sería suficiente verificar que ese dicho puso en riesgo el honor.

Ciertamente, no sólo habría que probar esto, sino que además tendrían que concurrir tres elementos de la responsabilidad civil adicionales al daño: antijuricidad (conducta contraria al ordenamiento), nexo causal (relación adecuada entre el hecho y el daño) y el factor de atribución (si se obró con dolo o culpa); es decir, mucho más complicado, a menos que con una regulación especial se establezca lo contrario.

“En lo penal no se necesita probar si la afirmación es cierta o falsa; bastaría con decir que, en una sociedad conservadora y prejuiciosa, ese señalamiento puso en riesgo el honor”. Por ello, en sede civil, “el honor estaría menos protegido”, continúa el citado letrado y suscribimos tal posición.

Es importante considerar también que una eventual despenalización, acarrearía más costos a la parte agraviada, pues un proceso civil es más oneroso que uno penal (pago de varias tasas, también de las antes denominadas cédulas de notificación, etc.). Esto, de algún modo significaría, limitar el acceso a la justicia de quienes tienen bajos recursos económicos.

Otro motivo que alegan quienes pretenden la despenalización es de que “(…) más de 50 periodistas han sido asesinados desde los años 80” y que hay más de mil casos de juicios contra periodistas acusados falsamente de difamación…” Muchas veces los agraviados tienen dinero y no les satisfacerla una indemnización, sino que fácilmente recurrirían a sicarios para asesinar a periodistas. Consideramos que cuando se den situaciones como éstas, el agraviado (querellante) quedaría más satisfecho con una pena privativa de libertad aplicada a su querellado, antes que con una simple indemnización (dinero lo poseen y no necesitan más).

Otra situación a tomar en cuenta antes de despenalizar lo señalado, es la evaluación “costo-beneficio” que pueda hacer un periodista o una empresa de este rubro antes de propalar una información. ¿Qué significa esto? Es probable que alguno de los mencionados, por negligencia o mala fe, no haya cumplido con verificar la información (fuentes, cruce de datos, etc.), y al momento de decidir su publicación razone “si demandan y me obligan a pagar 70 mil soles, la noticia es tal que con lo que venda superaré el costo de la sanción”.

En la misma línea de pensamiento, de J. Rodríguez, encontramos al penalista Juan Portocarrero, cuando aduce que “quien tiene dinero dispone del honor de los demás, el honor se convierte en una mercancía.” (Idem, p. 3). O como afirma Federico Salazar “En ese caso, tendrían más opción a difamar los que tienen más dinero” (En La República del 26.Nov.2008, p. 12).

Algo similar podría suceder cuando el Estado (o mejor dicho, sus representantes), cuando se sepa agraviado, “demande a un periodista o medio de comunicación por una cantidad de dinero equivalente a la de su capital, con lo cual quebrarían” (Asdrúbal Aguiar A., Dossier Despenalización, Op. Cit., pág. 8).

Roberto Mejia, Presidente de la Asoc. Nacional de Periodistas del Perú, ha sostenido que “una sentencia como la dictada contra Magaly Medina tiene un efecto desalentador en los periodistas y proporciona a los gobiernos y dirigentes políticos o empresarios una herramienta para amenazar a los medios de comunicación”

¿Por qué no vemos esto desde otro ángulo?, aquel desde el que veamos como un precedente para no repetir y ser más diligentes en la divulgación de la información, por ejemplo. Los periodistas competentes no tienen que preocuparse por esto. Lamentablemente, el mal periodismo es una práctica muy difundida. La ligereza de la información es preocupante. Hay que analizar la situación desde la otra orilla. Para los periodistas serios y diligentes no habrá este tipo de temores.

Abundando en razones, llevar al fuero civil los indicados delitos denotaría un tratamiento especial para los periodistas, por sobre las demás profesionales y eso no es compatible con la Constitución, que establece la igualdad de todas las personas ante la ley (art. 2, inc. 2).

No perdamos de vista tampoco que nuestro sistema penal permite la conversión de la pena privativa de la libertad; vale decir, el juez puede variar una sanción de este tipo a una multa pecuniaria o de servicios a la comunidad (art. 52 del Código Penal). Esto significa que por más sanción privativa que se le aplique a un periodista, esa pena se puede reducir con los beneficios penitenciarios.

Finalmente, una despenalización no sólo requiere la modificación (derogación de los artículos 130 a 138 del Código Penal, sino que también necesitaría una reforma de la Constitución, con una aprobación de más de dos tercios del número legal de congresistas en dos legislaturas ordinarias sucesivas (¡!), según lo dispone el art. 206 del indicado cuerpo normativo. Consideramos que hay otros temas más importantes de los que deben ocuparse nuestros congresistas. Que nuestros amigos periodistas y afines se preocupe más bien –como afirma F. Salazar– por ser más competentes.

*Abogado, Fiscal Adjunto Superior de La Libertad, docente en materia jurídica de la Universidad Cesar Vallejo y Universidad de San Martín de Porres.

** Abogada, Relatora de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, egresada de la Maestría en Derecho, mención en Derecho Civil y Comercial de la Escuela de Post Grado –Universidad Nacional de Trujillo

martes, 14 de diciembre de 2010

¿PROGRESO O PERJUICIO EN EL ÁREA TEXTIL?

Rodolfo A. Roman Benites

Presidente del Círculo de Estudios Cvltvra Legis
Estudio Tuesta, Uriarte & Sedano Abogados S.C.R.L.

Considero que el problema parte de un complejo de inferioridad, pues desde niño siempre escuche; “los juguetes chinos son más baratos”, pero la cuestión es ¿por qué?

Sucede algo parecido cuando se aprobó el TLC con Chile, cuando los políticos simplemente movidos por una xenofobia pretendieron que se declare su inconstitucionalidad, pero cabe preguntarnos;

¿Vamos a esperar que siempre el Estado nos este cuidando las espaldas?, ¿qué efectos provoca este aislamiento del mundo?

En ese sentido la primera pregunta sirve para contestar la segunda. Pues bien hagamos un poco de historia, ¿cuándo nace la idea de las fronteras comerciales?, está claro que las fronteras como soberanía del estado aparecen junto con las sociedades que dejan de ser sedentarias, sin embargo es cuando este concepto se desnaturaliza, cuando las personas son limitadas, y ya no es nuestra la libertad de contratación, cuando un ser abstracto impulsado por argucias de políticos que tan solo pretenden ostentar el poder, cuando concurren estas causales, el Estado decide como siempre que las fronteras no son geográficas, sino son además un límite a la libertad de las personas, a la libertad de contratar, a la libertad de capitales, de información y de MERCADERÍAS.

Es entonces la intervención del Estado que ha vuelto inútiles a las personas, temerosas de competir, pues se han acostumbrado a que alguien haga las cosas por ellos, a que les den empleos, comida, dinero, convirtiéndoles en entes que tan solo saben recibir y no han aprendido a producir por sí mismos. Es así como en su momento salpian a relucir comentarios como los de Magda Quispe en el diario la República en los que muestra números al parecer alarmantes de pérdidas en algunas empresas, sin embargo, en ninguna parte se ha demostrado que este hecho haya sido a casusa de las importaciones de textiles, y por otro lado nos han mostrado acaso los resultados positivos, pues si es que se pierden puestos por un lado pero se ganan por otro, está claro que no es el panorama que nos muestran.

Asimismo otros como el economista Armando Mendoza, escribiendo también en la República pretendiendo explicar que el sistema intervencionista, que nunca definió exactamente, resulta mejor que una economía liberal, chocan con opiniones como las del Diario La Primera, pues por un lado se dice que el sistema es malo y por el otro se dice que el sistema Chino es bueno, pero ambos concluyen en que el TLC es desfavorable, por lo tanto es fácil deducir la inconsistencia del argumento del señor Mendoza y el facilismo del Diario la Primero, pues en el primero el mismo autor aduce con su refrán, “lo que importa no es el color del gato, sino que cace ratones” , es decir, lo que pretende decir es que siempre y cuando un sistema funcione bien, va a dar resultados, pero ¿Cómo se pretende que un sistema liberal funcione bien, si es que sus requisitos como la libertad de fronteras y el libre mercado son impedidos?, pues mientras no consigamos convertir al sistema político peruano en uno liberal, nunca va a dar resultado. Asimismo puede ser de que el sistema Chino sea exitoso, pero ¿a qué precio?, es posible considerar que en el Perú se podría implantar un sistema parecido, pues solo como ya lo he dicho, la aplicación completa del sistema permite su funcionamiento, es que al parecer nuestro autor olvido de revisar un poco la historia, tal vez el nombre de Mao Zedong pueda sonarle familiar, pues China ya posee una doctrina socialista, una formación social totalmente distinta, China durante la guerra fría sabe alejarse de los embates capitalistas y forja su economía, a diferencia de Perú, un país que fue devastado durante la Colonia y que heredó instituciones ineficientes que lo dejaron en el limbo, que nunca supo tomar una senda económica real, y que sin embargo de forma indirecta adopta una economía de mercado que si bien no funciona a la perfección es justo por la intervención del Estado en lo que no bebe de intervenir, De Soto ya lo ha explicado, para el capitalismo es necesario capitales, y que el Estado intervenga para proteger los capitales de las personas, no para crearlos ni destruirlos.

Pasando ahora al facilismo planteado por el segundo artículo, es posible dilucidar con más claridad el complejo del empresario peruano, pues parte de la premisa de que China explota a sus trabajadores, por lo tanto tiene mano de obra barata, y entonces sus productos son más baratos y por ende van a destruir a nuestros productos comercialmente hablando. Sin embargo a pesar de que esta afirmación pueda ser verdadera en cierto sentido, considero que la afectación va a depender simple y llanamente de nuestros productores, pues uno de los problemas empresariales en el país es la falta de innovación sostenible, es decir, el peruano es creativo, pero no optimiza esa creatividad para la creación de valor que le genera rentabilidad, es por ellos que el Perú no es productor, sino tan solo exporta materias primas o de servicios, puesto que los profesionales en el Perú incluyéndome, o son abogados, ingenieros, o médicos, dejando de lado a los técnicos capaces de inventar, entonces la entrada al mercado, la competencia, hará cambiar la mentalidad al empresario peruano, pues se dice de que el Perú exportará a China materia prima y luego comprará por ejemplo el mismo polo del cual produjo la materia prima, pero ¿qué sucede si es que el Perú empieza a producir ese polo?, si es que el exportador peruano decide elevar los precios de las materias primas, y él mismo produce los textiles, entonces se elevarán los precios de los importadores y se reducirán los precios de los textiles del mercado nacional, provocando una verdadera economía liberal que se basa tan solo en decisiones de los agentes del mercado y no del Estado.

Por otro lado la opinión de José Luis Peroni también me pareció del todo particular, puesto que pretende que las confecciones de calzado y textiles se retiren de las negociaciones, es decir, China supuestamente va a aceptar que sus industrias pierdan y que tan solo las nuestras ganen, pues con ese criterio entonces China podría decir, que se retiren de las negociaciones al sector pesquero o agroindustrial, lo cual es un fundamento del todo tirado de los pelos.

Quiero tocar ahora un punto que en realidad nadie hasta la fecha ha analizado, el cual es “EL Consumidor”, ¿acaso hemos visto los intereses del consumidor?, pues no vaya a ser que tan solo se piense en los bolsillos del empresario textil, ojo a aquellos que por ir en contra del TLC se dicen defensores del pueblo. Analicemos entonces; ¿qué va a generar la entrada de productos textiles chinos más baratos?, en primer lugar lo que provocará es que el consumidor no gaste tanto dinero, pues va a ahorrar en este rubro, y segundo efecto, ese dinero que no gasta en textiles lo va a gastar en otra cosa, que puede ser ALIMENTACION, EDUCACIÓN, SALUD. Parece que olvidamos que los precios tienen información implícita, y que muchas veces las personas pobres de nuestro país no tienen dinero para comprar textiles hechos por peruanos a precios elevados, pero si por el contrario un abrigo Chino barato que les permita sobrevivir a una helada en Puno.

Esto último tiene ya se ha visto su fundamento técnico, como lo enseña Bullard, como lo enseña Calabresi, teniendo un poco de interés para revisar algunas resoluciones magistrales de INDECOPI (el primer ente estatal de Latinoamérica que resuelve con el Análisis Económico del Derecho), y entenderán que de que los denominados “Productos Basura” son necesarios en nuestro país, pues las personas elijen ellos porque no tienen los medios para elegir otros, de lo contrario se quedarían sin consumir. Calabresi (juez) por su lado, resuelve todos los casos que tienen que ver con el derecho del consumidor sin mirar las demandas y tan solo fijándose en los precios de los productos, pues el precio tiene información implícita, es así que utiliza la siguiente fórmula;

Cuando el Precio < mercado la demanda es infundada, pero

Cuando el Precio> mercado la demanda es declara fundada.

Por lo tanto es conocida la calidad de los productos Chinos, es un típico ejemplo de mala calidad a precio bajo, y por otro lado es también conocida la calidad de los textiles peruanos, siendo incluso el calzado peruano y en especial el Trujillano uno de los mejores del mundo, los cuales son los más caros incluso en las mejores tiendas del mundo.

Esto a todas luces destruye el temor de los empresarios textiles, por lo tanto dejemos que el consumidor elija, motivemos a nuestros empresarios a que fortalezcan sus empresas, se agrupen, se asocien, vuelvan a sus empresas más rentables e innovadoras y puedan competir con otros países.

Es pues así que debemos de una vez por todas entender que Papá Estado no nos va a estar protegiendo por siempre, y que el día de que el Estado inhiba su intervencionismo y permita a los agentes del mercado a actuar, lograremos una verdadera política liberal y conseguiremos que el Gato de color liberal cace al ratón.

Fuente de los comentarios:

http:/www.larepublica.pe/economia/26/02/2010/hay-temor-al-tlc-con-china-0

http:/www.larepublica.pe/economia/26/02/2010/hay-temor-al-tlc-con-china-0, escrito por: Armando Mendoza –Economista

http://fichasdehistoria.blogspot.com/2008/11/desventajas-del-tlc-con-china.html

http://topneg-tlc-china-peru.blogspot.com/



martes, 7 de diciembre de 2010

I JORNADA DE DERECHO PROCESAL CIVIL Y PRIMERA AUDIENCIA PUBLICA UPN.

Fueron dos eventos de real importancia que colmaron las expectativas de nuestros alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad Privada del Norte (Trujillo - Cajamarca). En primer lugar nuestra primera Audiencia Pública llevada acabo en nuestro auditorio UPN. Los alumnos de los cursos de Derecho Procesal Civil I - Trujillo, experimentaron con gran expectativa su primera simulación de una Audiencia de Pruebas, abriendo el camino para que en adelante futuros alumnos del curso antes mencionado puedan participar de este evento, que estoy seguro contribuirá en su formación y desarrollo profesional.

El segundo evento que fue todo un éxito fue nuestra I Jornada de Derecho Procesal Civil, que se desarrollo los días 3 y 4 de diciembre, con la participación de destacados procesalistas expertos en la materia y Magistrados de la Corte Superior de Cajamarca. Los temas abordados fueron por demás interesantes y lo mas importante fue la participación en pleno de los alumnos de los cursos de Teoría General del Proceso, Derecho Procesal Civil, I y II, de la facultad de Derecho de la Universidad Privada del Norte de Trujillo y Cajamarca, así como las delegaciones de la Universidad Privada Cesar Vallejo y alumnado en general. Finalmente se logró la integración de las dos ciudades con un Tour a Granja Porcón que motivo a los alumnos y pudieron confraternizar logrando de esta forma el objetivo de la integración.

Quiero agradecer especialmente a Daél Davila Elguera que fue quien lidero la organización, a la Dra Judith Meza, Directora del Consultorio Jurídico Gratuito y nuestra Dirección de Escuela de la Facultad de Derecho de la Universidad Privada del Norte - Cajamarca, que hicieron posible se lleve con éxito esta Jornada.
Por mi parte solo me queda seguir ofreciendo mi compromiso y apoyo total, en el desarrollo de estos eventos académicos y agradecer a las personas que hacen posible se cumplan con estas metas.
Gracias.
Frank Acevedo
Docente UPN - Trujillo - Cajamarca.


IMAGENES, SIMULACION DE AUDIENCIA DE PRUEBAS






 


IMAGENES, I JORNADA DE DERECHO PROCESAL CIVIL - CAJAMARCA